La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha anunciado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros una modificación del la ley de arrendamientos urbanos en varios frentes, para «flexibilizar y dinamizar el mercado del alquiler».
Las medidas afectarán a la actualización del importe de los alquileres, ahora ligada al IPC, que se podrá «pactar entre las partes aunque no esté en el contrato». Asimismo, el inquilino puede renunciar al derecho de tanteo, recogido en la actual normativa.
En cuanto a la duración de los contratos, que hasta ahora contaban con un periodo de prórroga obligatoria de 5 años y 3 años de tácita, se rebajarán hasta los 3 y 1 años, respectivamente (es decir, un total de cuatro años). Pastor ha añadido que, independientemente de la duración del contrato, el arrendatario «podrá desistir» del contrato y no por ello tendrá que abonar una sanción, para lo que será necesario avisar con un mes de antelación.
Recuperación de la vivienda
Por su parte, se podrá recuperar la vivienda en los términos recogidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos para el arrendador que necesite la vivienda para sí o para sus ascendientes o descendientes. Con el nuevo anteproyecto se podrá hacer «sin necesidad de pacto en el contrato, con un preaviso de dos meses».
Pastor ha avanzado, además, que la modificación incluirá una reforma del procedimiento de desahucio, para simplificar y agilizar el proceso, con el fin de que se ejecute en un menor plazo de tiempo. La titular de Fomento concluyó que se establecerá una rebaja del 50% en los impuestos de transmisión de bienes inmuebles urbanos, adquiridos desde el 11 de mayo hasta el 31 de diciembre del presente año.
Fuente: Diario ABC
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