viernes, 24 de febrero de 2012

España, ¿un buen lugar para cobrar el paro?. Comparamos como está el tema en Europa


Aunque polémicas siempre, en tiempos de crisis las prestaciones por desempleo se convierten en diana de todo tipo de críticas y opiniones. Esta semana, el presidente de la Comisión de Economía y Política Financiera de la CEOE, José Luis Feito, proponía que los parados que rechacen la primera oferta de trabajo dejen de cobrar la prestación.
Y decía más: "Como si la oferta es en Laponia". Y es que, según Feito, "En España hay una mentalidad de que el paro es una especie de renta, y que se tienen dos años para buscar trabajo", cuando, según él, en los países escandinavos, "que tienen un sistema de bienestar que admiramos todos", son más exigentes en la prestación de rentas y transferencias y la administración pública es muy poco tolerante cuando un individuo no acepta una oferta de trabajo.
La polémica no es nueva. Y las opiniones están muy divididas. Por un lado, los que consideran que las prestaciones llevan a los parados a no aplicarse en la búsqueda de empleo. El tantas veces repetido: "Prefieren no trabajar y seguir cobrando el desempleo". Es cierto que en España son muchas las personas que compaginan el cobro del paro con un trabajo en 'B'.
En el lado opuesto, los que creen que la prestación por desempleo es un derecho que el trabajador se ha 'ganado' con sus años en activo, que nadie está en paro por gusto, y que no se le puede exigir que acepte cualquier oferta de empleo si ésta le supone cobrar menos que la prestación, un trabajo que no se adecue a su formación, o un desplazamiento que le ocasione unos gastos que hagan que el trabajo no le reporte beneficios; no sólo por el gasto en transporte, si no por lo que puede conllevar si se tienen personas al cargo, o si se ve obligado a buscar instalarse en otra ciudad.
Aunque el Gobierno ha rechazado de plano la sugerencia de la CEOE, es un tema recurrente en la agenda de los diferentes ejecutivos. El último intento de reforma del sistema, en 2002, bajo mandato de José María Aznar, quedó en papel mojado, además de provocar una huelga general. Entonces, se proponía, entre otras cosas, la obligación de aceptar un empleo a 30 kilómetros del domicilio, con cualquier tipo de contrato y salario, además de la desaparición progresiva del PER.
Pero, ¿realmente el sistema español ofrece una protección por desempleo superior a la del resto de países europeos? ¿Cómo son esos otros sistemas, que tantas veces evocan políticos y empresarios como ejemplo de racionalidad y buenas prácticas?
Generan derecho a paro los desempleados que hayan trabajado durante al menos 12 meses en los últimos tres años. La prestación supone alrededor del 60% del último sueldo neto, y se eleva hasta el 67% si se tienen hijos al cargo. El tiempo de duración de la prestación depende de la duración del empleo anterior y  de la edad. Está restringido a un año hasta los 45 años. Mientras se recibe el paro, el desempleado tiene obligación de presentarse asiduamente en su 'Arbeitsamt', que se esfuerza por colocar al mayor número posible de desempleados. Son infalibles.
No se puede exigir a un parado que acepte un trabajo si el sueldo es considerablemente inferior al que venía recibiendo, es decir, si el trabajo es ofrecido en los tres primeros meses de desempleo y tiene una retribución menor del 80% del antes percibido. A partir del quinto mes cobrando el paro, es obligatorio aceptar cualquier empleo independientemente del sueldo.
También se puede rechazar un empleo si los desplazamientos necesarios son superiores a 2,5 horas en total. A personas sin vínculos familiares o solteros se les puede exigir el traslado a otro lugar cuando no se prevea que en los tres próximos meses pueda recibir nuevas ofertas de empleo en su lugar de residencia. Se le abonarán los gastos de traslado y se le concede un crédito de hasta 1.000 euros sin intereses siempre que el tiempo empleado en el desplazamiento supere las 2,5 horas. Aunque el subsidio se acaba después de 30 meses, el Estado da otra ayuda más baja y que se puede convertir en permanente.
Por otra parte, todos los parados que estén recibiendo la prestación están obligados a aceptar trabajos puntualespara la administración que se pagan a un euro por hora más gastos de transporte. Retirada de nieves o de hojas en otoño, sustituciones o trabajos de apoyo en guarderías o asilos de ancianos públicos, monitores de las escuelas de circulación vial para niños... En estos casos, siguen recibiendo al mismo tiempo su prestación. Pero si se niegan a aceptar, perderían el derecho a ella.
En Italia no es el Estado quien paga el subsidio de desempleo, sino las propias empresas. Las compañías con más de 50 empleados están obligadas a contribuir a un fondo de desempleo gestionado por el Estado, la 'cassa integrazione'. De ese modo, cuando una empresa se encuentra en dificultades y decide suspender las prestaciones laborales de algunos de sus trabajades o reducir su horario, se echa mano del dinero de esa caja para pagarles.
Los trabajadores afectados reciben una retribución equivalente al 80% de su sueldo por un tiempo que en teoría no debería superar las 13 semanas consecutivas, aunque con las sucesivas prórrogas puede llegar a los 12 meses, y en algunas zonas del país incluso a los 24. Pero la 'cassa integrazione' solo cubre a los empleados de empresas con más de 50 trabajadores. Los trabajadores de empresas más pequeñas no ven un céntimo de ese dinero ni cobran ningún subsidio por quedarse en paro. Sin embargo, la legislación laboral es tan restrictiva que a los empleados con un contrato fijo es prácticamente imposible despedirles.
Las ayudas al desempleo ('jobseeker allowance') son cuantitativamente menores que en España y cubren los mínimos de supervivencia, pero están complementadas con 'benefits' o subsidios (ayudas a la vivienda, a familias con hijos) para adaptarlas a las circunstancias personales.
Aun así, el sistema está pasando una drástica reforma, ideada por el conservador Iain Duncan-Smith, con la idea de unificar la larga lista de subsidios en un 'crédito universal' a partir de 2013. El objetivo es incentivar a la gente a buscar trabajo y acabar con el tópico, admitido por gran parte de los británicos, de que mucha gente prefiere no trabajar (más de cinco millones de británicos viven de subsidios en un país con el 8,4% de paro, la tasa más alta en los últimos 17 años).
El subsidio de desempleo se concibe como una ayuda semanal de un máximo de 53,45 libras para los jóvenes de 18 a 25 años y de 67,8 para los mayores de 25. El máximo para las parejas es de 109,75 libras. Para poder percibirlo hay que demostrar que se está buscando trabajo y tener unos ahorros inferiores a las 16.000 libras. Lo perciben no sólo quienes estén en paro sino también los que trabajen menos de 16 horas a la semana. Se percibe durante seis meses renovables, aunque la reforma que entrará en vigor en 2013 prevé una reducción paulatina de hasta el 65% de las ayudas.
Según el nuevo sistema, los parados que rechacen una oferta de trabajo podrán ver suspendido el subsididio durante tres meses. Si lo rechazan dos veces sin una causa razonable o justificada, se quedarán sin ayuda durante seis meses. Un tercer "no" equivaldrá a una sanción de tres años sin subsidio.
Uno de los punto más controvertidos de la reforma es laobligatoriedad de que los parados acepten realizar ocasionalmente 'trabajos comunitarios' no remuneradosmientras cobran el subsidio. Los Jobcentres (equiparables a las oficinas del INEM) obligan a los parados a 'fichar' al menos cada dos semanas para evaluar la situación y tratar de encontrar trabajos ofrecidos por el sistema. La reforma incluye también un refuerzo de los sistemas de inspección, con el objetivo de ahorrar los 5.200 millones de libras que se calcula que se pierden por fraude.
Sólo tienen derecho a prestaciones por desempleo los trabajadores por cuenta ajena que hayan cotizado al menos cuatro meses de los 28 anteriores (o 36 meses si el asegurado es mayor de 50 años) y que estén buscando trabajo de "manera probada y continuada".
El subsidio diario consta de una parte fija y de otra variable que equivale al 40,4% del salario de referencia; no puede ser inferior al 57,4% de dicho salario ni superar el 75%. La duración de la prestación (entre 4 y 24 meses, o 36 meses si el beneficiario ha cumplido 50 años) depende de la afiliación previa y de la edad.
Su sistema de protección es prácticamente ilimitado. La cuantía de la prestación se calcula en función de los años trabajados, el registro del paro, la edad y la situación laboral de la familia. Se requiere haber trabajado un número de días mínimo (entre 312 y 624) durante determinado período (de 18 a 36 meses), y responder a cada oferta de empleo aceptable o de formación o, a partir de los 45 años, a cada oferta de reclasificación profesional.
Tras determinados periodos de desempleo, el parado será convocado a una entrevista con el fin de verificar si ha hecho suficientes esfuerzos para encontrar trabajo; en su caso, se le pedirá que firme un compromiso por escrito que será evaluado posteriormente.
La duración del pago de la prestación por desempleo depende de la duración de la afiliación previa y la edad del demandante de empleo,hasta un máximo de 52 semanas. Esta duración se puede ampliar por el periodo en que el beneficiario participe en cursos de formación continua o en medidas de reciclaje o de reinserción por indicación del Servicio del Mercado de Trabajo. Dicha extensión puede ser de 3 o 4 años.
Si rechaza un empleo o una acción de formación profesional que se le ofrece, o si hace fracasar una tentativa en este sentido, se suspenderá el pago de estas prestaciones, a modo de sanción, durante al menos seis semanas. Las prestaciones de desempleo se abonan a partir del día en que se presenta la solicitud. No obstante, si el interesado ha sido despedido por su propia actuación o si ha dejado su empleo sin una razón válida, la prestación de desempleo le será abonada cuatro semanas más tarde.
Mientras el afiliado está en paro, el seguro de desempleo paga en su nombre las cotizaciones del seguro de enfermedad y de pensiones. Asimismo, está asegurado contra accidentes.
La prestación media ronda los 196 euros por semana, cantidad que puede aumentar si la familia tiene hijos o personas dependientes, y se abona normalmente durante 312 días prorrogables. Además, el Estado da ayudas para el alquiler, la hipoteca o la calefacción.
La prestación puede anularse durante determinados periodos, por ejemplo si se ha perdido el empleo por una falta propia del trabajador, o si se rechaza una oferta de trabajo adecuada.
Trabajar seis meses en Holanda o cualquier otro país de la UE basta para generar derecho a una prestación de hasta el 75% del último sueldo, con un mínimo diario para evitar prestaciones demasiado bajas, con un máximo de 38 meses.
Si no cumple los requisitos para percibir un subsidio de desempleo, o ya no tiene derecho a los subsidios anteriores puede, en determinados supuestos, percibir un subsidio del municipio en el que resida. La cuantía se determina en función de su situación familiar y de sus recursos, así como de los de su pareja.
El parado debe comunicar al Instituto Nacional de Seguros Sociales las actividades que realiza, como buscar trabajo y trabajar. El incumplimiento de estas obligaciones da lugar a la suspensión de la prestación o a la aplicación de una sanción.
El seguro de desempleo es voluntario. Las Cajas del Seguro de Desempleo (arbejdsløshedskasserne) están vinculadas a los sindicatos y se organizan por sector profesional. En la actualidad ascienden a 35, de las cuales dos son para los autónomos. Si el asegurado accede a un empleo en Dinamarca, debe afiliarse a la Caja del Seguro de Desempleo asignada a su profesión. En caso contrario, no tendrá derecho a percibir las prestaciones.
Por regla general, se tiene derecho a percibir una prestación de desempleo al cabo de un año de afiliación a una Caja del Seguro de Desempleo concertada. Además, la primera vez que el asegurado solicita la prestación de desempleo, debe haber trabajado por cuenta ajena durante al menos 52 semanas en los tres años anteriores, o haber ejercido una actividad por cuenta propia a título principal durante un periodo equivalente.
Las prestaciones pueden llegar a un máximo de cuatro años, aunque están sujetas a impuestos y sólo se mantienen si el parado demuestra que está buscando empleo activamente. El máximo que se puede recibir es el 90% del anterior salario.
El sistema de prestaciones es mixto, con aportaciones públicas y privadas. Así, después de seis meses de trabajo, el subsidio de desempleo tiene una parte básica universal y otra voluntaria, como parte de un serguro laboral, que se obtiene con un contrato en una de las 36 aseguradoras del país, muy relacionadas con sindicatos y patronales. El seguro privado garantiza un 80% del salario.
Para poder percibir una prestación voluntaria, debe haberse estado afiliado durante un año a una mutua de desempleo, o haber estado trabajando seis de los últimos 12 meses al menos 80 horas al mes.
La prestación diaria se reduce durante un tiempo si se rechaza un empleo adecuado "sin razón válida". El cobro mínimo son 320 coronas suecas (36 euros) diarios, salvo sábado y domingo, y el máximo 720 coronas (86 euros). La compensación basada en los ingresos equivale al 80% del sueldo anterior durante los primeros 200 días y al 70% para los días siguientes. El periodo de cobro de la prestación es de 300 días como máximo, aunque se pueden añadir 150 adicionales de tener un hijo menor.
Para tener derecho a la prestación, la jornada laboral debe reducirse al menos un 50% respecto al tiempo trabajado anteriormente y el sueldo debe haber multiplicado 1,5 veces el importe base durante el año anterior. El desempleado tiene derecho a una prestación diaria en metálico si ha estado desempleado durante tres de los últimos 15 días y estaba inscrito en los servicios de empleo. Normalmente equivale aproximadamente a dos tercios de los ingresos percibidos en el año o los tres años anteriores, siendo elegido el cálculo que sea más favorable.
"El asegurado debe ser un demandante serio de empleo, es decir, una persona capacitada para trabajar e inscrita en la Oficina de NAV correspondiente", recoge la legislación resumida por la Comisión Europea. "Se puede prolongar el periodo de carencia o suspender temporalmente la concesión de las prestaciones si se considera que el beneficiario está desempleado por propia voluntad", advierte.
La mayor parte de los trabajadores finlandeses está protegida con un fondo de seguro de desempleo de su sector que les paga una prestación vinculada a sus rentas. A ello se suma también la Fundación de Seguros Sociales (Kansaneläkelaitos, Kela), que abona la prestación de base y el subsidio de empleo.
La prestación de base, 25,63 euros al día, se paga a los ciudadanos de entre 17 y 64 años que haya trabajado 43 semanas (unos 11 meses) en los últimos 28 meses (dos años y cuatro meses). Los autónomos, por su parte, tienen derecho a la prestación base si han trabajado por cuenta propia 18 meses de los últimos 48 meses.
Las prestaciones, tanto de base como las vinculadas a las rentas, se abonan cinco días por semana durante un máximo de 500 días laborables. El importe de las prestaciones vinculadas a las rentas corresponde a la suma de la prestación de base y el 45% de la diferencia entre el salario diario y la prestación de base. Los únicos requisitos, "ser capaz de trabajar, estar inscrito como demandante de empleo y estar desempleado contra su voluntad"

Fuente: Diario El Mundo
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