El Real Decreto de Reestructuración y Resolución Ordenada de Entidades de Crédito que hoy aprobará el Gobierno introduce importantes novedades con respeto a la legislación anterior.
Regula la liquidación de entidades inviables, otorga un gran poder al Frob, fija soluciones para las participaciones preferentes y crea la figura del banco malo entre otras acciones que pueden resumirse en diez puntos.
1. Otorga un gran poder al Frob. Se convierte en gestor de la reestructuración y de la resolución de entidades. Estará regulado por una comisión, cuyo presidente deberá acudir al Congreso de los Diputados cada tres meses a exponer las medidas adoptadas. Se financiará a través de operaciones de endeudamiento y de los Presupuestos Generales del Estado.
2. Regula la liquidación de entidades. Los bancos que sean inviables, o que previsiblemente lo serán en el futuro, y que supongan un peligro para la estabilidad del sistema, serán liquidados en un proceso que gestionará el Frob. Sólo aquellas entidades cuya liquidación represente un peligro para la estabilidad del sistema financiero podrán evitar este proceso.
3. Reestructuración bancaria. Las entidades que puedan ser viables por sí mismas en un futuro deberán acometer una intervención temprana, que incluye la presentación de un plan de acción con una duración inferior a tres meses. Por su parte, los grupos viables pero que necesiten ayuda pública, tendrán que reintegrar los recursos recibidos en un plazo de cinco años, ampliable en dos en función de la situación económica.
4. Solución a las preferentes. Los tenedores de participaciones preferentes y deuda subordinada de una entidad que reciba ayudas públicas perderán parte de su inversión, ya que el Frob y un experto independiente fijarán, en función del valor de mercado, un precio de canje que siempre estará por debajo del de compra.
5. Banco malo. El Gobierno aprobará hoy su creación pero los detalles de cómo funcionará no se conocerán hasta el próximo otoño, ya que el propio Ejecutivo todavía no los ha definido. Entrará en vigor en noviembre y entonces se conocerá su estructura, los activos que podrá aglutinar y el precio de los mismos.
6. Sueldo de directivos. Los presidentes ejecutivos, consejeros delegados y directivos de los bancos que soliciten algún tipo de ayuda pública verán su remuneración limitada a 500.000 euros anuales, 100.000 menos que el tope hasta ahora marcado.
7. Gestión de entidades. Los banqueros de las entidades que tengan que recurrir al Frob tendrán que responder de los daños y perjuicios que hayan ocasionado en proporción a su participación y gravedad. Hasta ahora, nunca ha ocurrido algo similar.
8. Exigencias de capital. Todas las entidades bancarias, hayan sido rescatadas o no, tendrán que presentar una ratio de capital principal del 9% sobre activos de riesgo. La medida unifica la horquilla anterior, que exigía entre el 8% y el 10%, en función del banco.
9. Deroga la legislación anterior. El nuevo Real Decreto modifica muchas de las medidas que aprobó el Gobierno socialista en la reforma bancaria de 2011.
10. Fondo de Garantía de Depósitos. El Frob financiará al FDG en caso de que se quede sin recursos, algo que ha estado cerca de suceder este año. El proceso se realizará utilizando de manera eficiente los recursos públicos.
Fuente: Diario Expansión
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