El sistema de pensiones tiene dos fuentes de problemas, fundamentalmente. El primero, estructural y de fondo, es hacer frente al importante envejecimiento de la población. El segundo es responder a las consecuencias de la depresión económica a la que España está haciendo frente.
En este contexto, entrará en vigor el próximo martes, 1 de enero, la nueva Ley de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social, más de un año después de que fuese aprobada por el Congreso de los disputados.
La razón de este tiempo de lo que los expertos denominan vacatio legis se debe a que el Gobierno ha tenido que adaptar los sistemas informáticos a las nuevas medidas que contiene la norma. No es para menos, porque es la reforma del sistema de pensiones más ambiciosa de la historia, aunque con periodos transitorios demasiado largos.
Por ejemplo, la norma retrasa la edad legal de jubilación, con toda la pensión, desde los 65 a los 67 años. De la misma forma que el periodo de cotización exigido para tener toda la prestación pasa de 35 a 37 años. Sin embargo, para suavizar el impacto de la medida en los nuevos jubilados, el periodo transitorio no termina hasta 2027.
La razón de esta reforma está en el acuerdo que, sobre todo los sindicatos, arrancaron al Gobierno anterior, para dar su respaldo a la reforma. Fruto de ese acuerdo es que, quienes en 2027 quieran jubilarse a los 65 años con toda la pensión, deberán haber cotizado un tiempo mínimo de 38 años y seis meses.
En todo caso, ésta es una de las cuestiones que, detrás de las bambalinas, suele reprochar la Comisión Europea al Gobierno. Bruselas quiere que se acelere y adelante la plena entrada en vigor de esta medida, dentro del plan de consolidación fiscal a medio plazo trazado para España. Hay que tener en cuenta que el 40,53% de los jubilados lo hacen de forma anticipada, bien de forma voluntaria o involuntaria.
Jubilación anticipada
Por esta razón, el Gobierno ya ha planteado a la oposición, en el Pacto de Toledo, una nueva reforma de la jubilación anticipada sobre los propios cambios que contiene la nueva ley. El Ejecutivo considera “un contrasentido que quienes sean despedidos –que pierdan su puesto de trabajo de forma involuntaria– puedan mantener la jubilación a los 61 años, mientras, con carácter general, se retrasa la edad legal de retiro, desde los 65 a los 67 años”, explicaron ayer fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Por esta razón, el Gobierno ya ha planteado a la oposición, en el Pacto de Toledo, una nueva reforma de la jubilación anticipada sobre los propios cambios que contiene la nueva ley. El Ejecutivo considera “un contrasentido que quienes sean despedidos –que pierdan su puesto de trabajo de forma involuntaria– puedan mantener la jubilación a los 61 años, mientras, con carácter general, se retrasa la edad legal de retiro, desde los 65 a los 67 años”, explicaron ayer fuentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
El Gobierno también plantea que la cuantía de la pensión anticipada se ciña estrictamente a los periodos efectivamente cotizados, en lugar de exigir 33 años en el futuro. Es decir, se trata de incentivar la contribución al sistema. Por ejemplo, el Ejecutivo considera que no es justo que, como recoge la nueva ley, dos trabajadores con 61 y 62 años tengan las misma reducción en la pensión con 34 años de cotización, “cuando no es lo mismo jubilarse, o no, un año antes”.
Por la misma razón de justicia, el Gobierno también ha planteado ya a la Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo una reforma de la jubilación parcial más agresiva que la que figura en la propia ley. Por ello, el Ejecutivo ha propuesto retrasar la jubilación parcial a la misma edad que la ordinaria.
Es decir, de forma paulatina, desde los 65 a los 67 años. Y en consonancia con ello, el Gobierno quiere una ampliación del periodo de cotización obligatorio para percibir la pensión. O incluso, la desaparición de la jubilación parcial, como modalidad de retiro antes de cumplir la edad legal de jubilación.
Hay que tener en cuenta que la prestación media de la jubilación parcial es de 1.570 euros mensuales, un 27% superior a la media total de la pensión por retiro laboral. Incluso, es un 17% más alta que la media de la jubilación anticipada.
Por todas estas razones, el Gobierno anunció ayer la suspensión de la reforma de la jubilación anticipada y a tiempo parcial a la espera de llegar a un acuerdo con la oposición, o cuando menos con el PSOE, la patronal y los sindicatos. En principio, el Ejecutivo se da tres meses para intentar obtener el consenso.
No obstante, las mismas fuentes del Ministerio de Empleo y de Seguridad Social subrayaron la voluntad del Ejecutivo de hacer la reforma, incluso en enero, “si vemos que es imposible llegar a un acuerdo”.
De manera indirecta, los nuevos cambios reducirán las prejubilaciones (entre 50 y 61 años) porque se hará más difícil alcanzar la cobertura de la pensión.
Si todas estas reformas son importantes, también lo es la ampliación del periodo de cotización exigido para calcular la pensión. La nueva ley regula un periodo transitorio de diez años, desde los 15 años, establecidos hasta ahora, a los 25 años, que estarán plenamente vigentes en 2022.
Si todas estas reformas son importantes, también lo es la ampliación del periodo de cotización exigido para calcular la pensión. La nueva ley regula un periodo transitorio de diez años, desde los 15 años, establecidos hasta ahora, a los 25 años, que estarán plenamente vigentes en 2022.
La idea inicial del Gobierno era ampliar este periodo a toda la vida laboral, como está ocurriendo en la Unión Europea. También es verdad que la propia Seguridad Social tendría muchos problemas para reconstruir el modelo informático de la cotización de todos los trabajadores más allá de la mitad de la década de los años ochenta del siglo XX.
Gráficamente, se puede explicar señalando que hasta entonces la vida laboral era papel, contenido en los libros de cotización de las empresas. También es otra decisión de ahorro. Hay que tener en cuenta que a medida que se van incluyendo años en el periodo obligatorio de cotización entran en la ponderación de la pensión más años en los que el salario era más bajo que al final de la carrera.
Por lo tanto, la cuantía media de la prestación baja. También es verdad que, por otra parte, la ampliación del periodo de cálculo de la prestación favorece a quienes son prejubilados (entre los 50 y los 60 años) o jubilados de forma anticipada (a partir de los 61). La razón es que muchos de estos trabajadores pasan dos años en la protección por desempleo, cobertura en la que cotizan por la base mínima.
Precisamente, para beneficiar a quienes estén en el paro en los últimos años de su vida laboral, la ley les permitirá en los próximos cinco años que, para calcular la cuantía de la pensión, puedan esgrimir de una vez, y no de forma paulatina, los últimos veinte años de su vida laboral. Se trata de que puedan presentar más años de cotización salarial.
Por la misma razón, a partir de 2018, los desempleados podrán presentar, de una vez, los últimos 25 años de su vida laboral. Con todas estas medidas, la Seguridad Social espera un ahorro para 2030 equivalente al 1,4% del PIB, que hoy serían unos 15.000 millones de euros. No obstante, el Gobierno quiere presentar lo antes posible el llamado factor de sostenibilidad.
Es decir, un modelo, que ya está vigente en Suecia, por el cual todos los parámetros del sistema –como la edad, el periodo de cotización para calcular la pensión o la revalorización, entre otros– se revisarían con una periodicidad quinquenal en función de la esperanza de vida.
Ésta aumenta un año cada diez años. La media en España es de 83 años, una de las más altas del mundo. Con la puesta en marcha de este sistema, el ahorro previsto para 2040 sería igual al 2,8% del PIB, y del 3,6%, en 2060, unos 40.000 millones a día de hoy.
Fuente: Diario EXPANSIÓN
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