domingo, 16 de septiembre de 2012

Tasa Tobin en España: cómo esquivarla siendo un inversor


Mucho se ha escrito acerca de la Tasa Tobin, que si es beneficiosa para luchar contra la especulación, que si es perjudicial porque dañaría el volumen de negociación de los mercados, etc. Pero una cosa sí está clara, tenemos un antecedente, concretamente el de Suecia en el año 1983.
Realmente decepcionó. El volumen de negociación bajó drásticamente y la mayoría de los inversores comenzaron a operar en otros mercados. Bien es cierto que Suecia aplicó una tasa del 0,5% frente al 0,1%.
El principal efecto negativo que produciría una Tasa Tobin es la deslocalización hacia otros países que no tengan dicha Tasa Tobin. Afectaría al crecimiento económico y a la financiación de la economía.
Aplicar esta Tasa de manera unilateral es un suicidio precisamente por todo ello. Solamente tendría sentido si se aplicase al unísono en todos los países, cosa altamente improbable. Hay países que se oponen frontalmente a la misma, tales como Reino Unido, Suecia, Polonia. Los principales valedores de la Tasa son Francia (donde ya se está aplicando) y Alemania.
Pero veamos la Tasa tipo Tobin que quiere aplicar España, porque el tema no tiene desperdicio alguno...
Para empezar, la falta de seriedad del Gobierno en este tema. A primeros de septiembre el Gobierno iba a presentar el borrador del proyecto de ley de la Tasa. Surgen controversias entre Economía y Hacienda con lo que no se presenta el borrador. El jueves el ministro de Hacienda dice que España no va a crear la Tasa y al día siguiente, el viernes, el Gobierno dice que sí.
Como verán, todo un ejercicio de esperpento al más puro estilo de la vieja escuela de Valle Inclán, algo a lo que por desgracia nos estamos acostumbrando.
Se pretende evitar el nombre Tasa Tobin y denominarla Tasa a las transacciones financieras. Gravaría la compra y venta de acciones, futuros, opciones, warrants, cds. Afectaría a todas las operaciones que se hagan desde España, independientemente de que el bróker sea español o extranjero.
¿Por qué en mi opinión es un error implantar ese tipo de gravamen? En primer lugar, porque el efecto recaudatorio no es muy elevado, de manera que no va a paliar los vaivenes de nuestra maltrecha economía.
En segundo lugar, se producirá una deslocalización bursátil, el volumen de negociación se reducirá, los brókers sufrirán bastante (no descarten que al igual que con el tema del IVA algunas entidades terminen de asumir dicho impuesto para fidelizar a sus clientes).
Hasta aquí hemos visto qué es la Tasa Tobin y el caso español. Veamos a continuación qué puede hacer el inversor para evitar los perjuicios que originaría el impuesto.
Básicamente, una solución muy sencilla (no hace falta ahora complicarse con otras alternativas más complejas):
- Cfds: este producto, ya arraigado en nuestro país desde hace años y con enorme éxito, no se vería afectado por el nuevo gravamen.
Con los Cfds pueden operar en cualquier mercado (acciones, índices, divisas, materias primas). Pueden operar al alza comprando (largos) y a la baja vendiendo (cortos). Pueden realizar trading intradiario o swing (no intradía). Todos los brókers les ofrecen gráficos gratis en tiempo real de todos los mercados del mundo. Las garantías exigidas para operar son muy pequeñas y las comisiones muy competitivas. Si saben elegir el bróker ideal, también el spread (horquilla) es casi cerrado.
Así pues, señores, no se preocupen. Llegado el momento, si operan con Cfds (contratos por diferencias), esquivarán la Tasa Tobin (o en su defecto el eufemismo que el ejecutivo quiera darle) y podrán seguir operando en los mercados que ya hacían regularmente.


Fuente: Diario Expansión
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