jueves, 12 de abril de 2012

Veto a los pagos en efectivo: ¿Qué pretende el Gobierno con la medida?


Rajoy ha anunciado que el plan antifraude que ultima el Gobierno incluirá la limitación de las operaciones empresariales en efectivo, iniciativa que persigue varios objetivos, pero que también tiene algunos puntos flacos.
Se trata de un primer paso en la lucha contra el fraude, afirman los expertos, a falta de conocerse más detalles sobre la iniciativa, que el equipo de Rajoy explicará el próximo viernes.
Limitación a pagos superiores a 2.500 euros. La medida afectará, según lo anunciado por el presidente del Gobierno, a pagos de más de esta cantidad, en línea con el modelo francés. Sin embargo, España duplica a este país en materia de economía sumergida, mientras que por el contrario países con una tasa de fraude similar a la nuestra, como Italia, han fijado el tope en más de la mitad: mil euros.
Bolsas de fraude en pagos en efectivo. Se reducirá la circulación de pagos de dinero en efectivo, ya que en la gran mayoría de estas operaciones se utiliza dinero en B. Un indicador que lo demuestra es que España es el país europeo donde más cantidad de billetes de 500 euros se usan en estos pagos, (el 70% de las operaciones frente al 34% de media europea).
Sector minorista. La medida afectará principalmente al sector minorista en negocios como la compraventa de coches de alta gama o la joyería, por poner un ejemplo, negocios en los que previsiblemente se reducirán los pagos en efectivo ya que disuadirá a muchos posibles defraudadores de blanquear dinero ante el riesgo que puede suponer la operación.
Operaciones entre empresarios. La medida se dirige a las operaciones en las que figure al menos un empresario y excluye a los particulares, con lo que el Gobierno habría preferido no gravar en demasía a los contribuyentes ya que a estos últimos se les adjudica sólo un 2% del total de las cantidades defraudadas en España.
Facturas falsas. Al limitar los pagos en efectivo se reducirá el número de facturas falsas o fraude en carrusel en el IVA (organizaciones que emiten tramas de facturas falseadas para evitar el pago de este impuesto a nivel intracomunitario). Sin embargo, generar facturas falsas para acometer este tipo de fraudes podría salir a cuenta ya que implica ahorrarse tanto el pago del Impuesto de Sociedades (que grava hasta un 30% del importe) como el IVA (del 4% al 18% en función del tipo aplicable), lo que supone un importe muy superior al del 25% que deberían afrontar como máximo si son ‘pescados' por Hacienda.
Multa limitada al 25% de la cantidad defraudada. En relación con la multa, estimada en un máximo del 25% de la cantidad defraudada, los técnicos de Hacienda 'más rentable' pagar la sanción que cumplir con la limitación del efectivo. Fijar la multa máxima esta proporción de la cantidad desembolsada infringida, puede suponer que siga más rentable defraudar que cumplir con las obligaciones fiscales". "La multa ascenderá sólo al 25% del montante defraudado frente al 48% que se llega a deducir por IVA e Impuesto de Sociedades", señalan los técnicos de Hacienda, que proponen ir más allá e impedir que no puedan ser fiscalmente deducibles, con lo que emitirlas podría dar lugar a delito fiscal y se atajaría el problema. Además, la imposición de una multa, al no existir una cuota defraudada, impide la imputación por delito fiscal, en virtud del cual el defraudador estaría obligado a pagar, además de la sanción, el IVA, Sociedades o el IRPF, en el caso de los autónomos.

Fuente: Diario Expansión
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